# Fuentes y cifras de la calculadora de sueldo neto 2026

Fecha de consulta de todas las páginas: 2026-10-09. Cada página se obtuvo con una petición HTTP y contestó con contenido. Las cifras de abajo son las que figuraban en ese contenido; nada se ha completado de memoria.

Contenido elaborado con asistencia de IA. Información orientativa, no asesoramiento fiscal ni laboral.

## Páginas consultadas

- S1. Seguridad Social, Régimen General 2026, bases y tipos (sección Cotización / Recaudación de trabajadores) (indica como base legal la Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo, BOE-A-2026-7296).
- S2. BOE, Orden PJC/297/2026, texto consolidado, BOE-A-2026-7296 (se leyeron los primeros 100.000 caracteres; los artículos de desempleo y formación profesional quedaron fuera de lo leído, por eso esos tipos se toman de S1).
- S3. BOE, Reglamento del IRPF, texto consolidado (última actualización indicada: 07/10/2026), BOE-A-2007-6820 (artículos 81 a 87).
- S4. BOE, Ley 35/2006 del IRPF, texto consolidado (última actualización indicada: 07/10/2026), BOE-A-2006-20764 (artículos 19.2.f, 57 y 58).
- S5. Agencia Tributaria, página «Retenciones», año 2026 (lista el algoritmo de cálculo 2026 en dos versiones: hasta el 9 de septiembre de 2026 y desde el 10 de septiembre de 2026).

## No se pudo leer

Los PDF del algoritmo de la AEAT («ALGORITMO_2026» y «Algoritmo Retenciones-2026_10sept», programas de ayuda de Retenciones 2026) respondieron, pero solo como PDF comprimido ilegible para la herramienta de lectura. Por eso ninguna cifra de esta calculadora se toma de esos PDF: las de retención salen del Reglamento y la Ley consolidados (S3, S4). Si el algoritmo vigente desde el 10 de septiembre de 2026 difiere de esos textos, la calculadora diferirá.

## 1. Seguridad Social, parte del trabajador (S1; MEI también S2, art. 16)

| Concepto | Cifra |
|---|---|
| Base máxima de cotización, grupos 1 a 7 | 5.101,20 € al mes (S1 y S2, arts. 2 y 3) |
| Contingencias comunes, trabajador | 4,70 % (S1; S2 art. 4.a: total 28,30 %, empresa 23,60 %) |
| Desempleo, contrato indefinido, trabajador | 1,55 % (S1) |
| Desempleo, contrato de duración determinada, trabajador | 1,60 % (S1) |
| Formación profesional, trabajador | 0,10 % (S1) |
| MEI, trabajador | 0,15 % (S2 art. 16: total 0,90 %, empresa 0,75 %) |

Base de cálculo usada: salario bruto anual entre 12 (pagas extra prorrateadas), limitado a 5.101,20 € al mes. Los topes de AT/EP, que S1 fija en 5.101,20 € máximo, se usan como base de desempleo y formación profesional. Cada concepto se redondea al céntimo por mes y se multiplica por 12.

No aplicado: bases mínimas por grupo (S1: 1.989,30; 1.649,70; 1.435,20 y 1.424,40 € al mes según grupo), porque la calculadora no pregunta el grupo profesional.

## 2. Escala de la retención (S3, art. 85.1.1.º)

| Base desde (€) | Cuota íntegra en ese punto (€) | Tipo sobre el exceso |
|---|---|---|
| 0 | 0 | 19 % |
| 12.450 | 2.365,50 | 24 % |
| 20.200 | 4.225,50 | 30 % |
| 35.200 | 8.725,50 | 37 % |
| 60.000 | 17.901,50 | 45 % |
| 300.000 | 125.901,50 | 47 % |

Art. 85.1.2.º: a la cuota de la base se resta la cuota que resulta de aplicar la misma escala al mínimo personal y familiar.

Art. 85.3: si la retribución total es de 35.200 € al año o menos, la cuota tiene como máximo el 43 % de la diferencia entre la retribución total y el límite del art. 81.1 que corresponda.

## 3. Límite por debajo del cual no se retiene (S3, art. 81.1)

| Situación familiar | 0 hijos | 1 hijo | 2 o más hijos |
|---|---|---|---|
| 1.ª Soltero, viudo, divorciado o separado con descendientes a su cargo exclusivo | no aplica | 17.644 € | 18.694 € |
| 2.ª Casado, cónyuge con rentas de hasta 1.500 € | 17.197 € | 18.130 € | 19.262 € |
| 3.ª Otras situaciones | 15.876 € | 16.342 € | 16.867 € |

La calculadora no retiene si el bruto anual es igual o inferior a la cifra que corresponde. La lectura de la tabla de la situación 1.ª es la que se pudo extraer del texto: la celda de 0 hijos no tiene importe, y 17.644 y 18.694 son los de 1 y 2 o más hijos.

## 4. Base de retención y reducciones (S3, art. 83; S4, art. 19.2.f)

| Concepto | Cifra |
|---|---|
| Otros gastos deducibles (S4, art. 19.2.f) | 2.000 € al año |
| Cotizaciones a la Seguridad Social (S3, art. 83.3.b) | se restan íntegras |
| Reducción por rendimientos del trabajo (S3, art. 83.3.d), rendimiento neto de hasta 14.852 € | 7.302 € |
| Entre 14.852 € y 17.673,52 € | 7.302 € menos 1,75 por cada euro sobre 14.852 € |
| Entre 17.673,52 € y 19.747,50 € | 2.364,34 € menos 1,14 por cada euro sobre 17.673,52 € |
| Por encima de 19.747,50 € | 0 € |
| Más de dos descendientes (S3, art. 83.3.e) | reducción adicional de 600 € |
| Tipo de retención (S3, art. 86.1) | cuota entre retribución total por 100, con dos decimales |
| Tipo mínimo en contratos de duración inferior a un año (S3, art. 86.2) | 2 % |

## 5. Mínimo personal y familiar (S4, arts. 57 y 58; S3, art. 84)

| Concepto | Cifra |
|---|---|
| Mínimo del contribuyente (art. 57) | 5.550 € |
| Mayor de 65 años | + 1.150 € |
| Mayor de 75 años | + 1.400 € adicionales |
| Primer descendiente (art. 58) | 2.400 € |
| Segundo | 2.700 € |
| Tercero | 4.000 € |
| Cuarto y siguientes | 4.500 € |
| Descendiente menor de 3 años | + 2.800 € |

Requisitos del art. 58: descendiente menor de 25 años (o con discapacidad), que conviva con el contribuyente y con rentas anuales de hasta 8.000 €. Art. 84: para la retención los descendientes se cuentan por mitad, salvo que el contribuyente sea el único con derecho al mínimo familiar; la calculadora los cuenta enteros en la situación 1 y por mitad en las situaciones 2 y 3. Las edades se aplican como "mayor de 65" y "mayor de 75" literalmente: más de 65 y más de 75 años a 31 de diciembre.

## Funciones no incluidas

Ascendientes, discapacidad, pensionistas, desempleados, Ceuta y Melilla, reducción de 2 puntos por préstamo de vivienda habitual (S3, art. 86.1), pensión compensatoria y anualidades por alimentos, retribuciones en especie, País Vasco y Navarra. No se incluyen porque este trabajo no las modela o no se confirmó su cifra en las páginas leídas.
